El Aprendizaje del derecho en Alemania: el caso del derecho procesal

Autores: Brian Buchhalter Montero

País: España

Universidad: Universidad de Valencia

Eje Temático: 1.1. Propuestas de innovación varias de temas no previstos, 

4 Comentarios

  1. Lorena

    Las tradiciones y culturas como bien dice Brian, son diferentes y particulares para cada Nación, esta diferencia se ve reflejada en los planes universitarios y en el aprendizaje. Dos de las leyes fundamentales que menciona Brian son:
    Ley de Exámenes Jurídicos y la preparación para el Alto Servicio en la Administración de Justicia (1869, Prusia) y Ley de Ordenación de los Tribunales (1877, Prusia), estas leyes se configuraron en la segunda mitad del siglo XIX.

    Dentro de los estudios universitarios en Alemania existen dos fases, en la primera fase se estudian los principios dogmáticos de los códigos más importantes que rigen como Derecho Positivo dentro del país, aquí abarcan los principios generales del código civil, del código penal, de la constitución, todo de manera dogmática. La segunda fase es la práctica donde se concluye con un examen estatal comprobando el conocimiento adquirido.

    Algo que me pareció muy interesante fue que el aprendizaje no es memorístico, sino que los estudiantes llevan consigo unas compilaciones llamadas “compilaciones schönfelder”, Schönfelder fue un jurista que se hizo famoso precisamente por estas compilaciones, esto muestra una gran prueba que el aprendizaje memorístico no lo es todo, los estudiantes alemanes solo memorizan los conceptos básicos para llevar acabo la resolución del caso.

    En el caso del Derecho Procesal se llevan a cabo dos exámenes, uno que es el examen-sentencia y otro que es el examen desde la perspectiva del abogado. En cambio, en el Derecho Procesal se realizan tres exámenes, el examen desde la perspectiva de la fiscalía, el examen sentencia-penal y el examen-recurso.

    Y finalmente como conclusión Brian nos menciona que el aprendizaje del Derecho en Alemania tiene un alto nivel de enseñanza, pero comprende de una escasa información complementaria.

  2. Lorena Melendez Sandoval

    Las tradiciones y culturas como bien dice Brian, son diferentes y particulares para cada Nación, esta diferencia se ve reflejada en los planes universitarios y en el aprendizaje. Dos de las leyes fundamentales que menciona Brian son:
    Ley de Exámenes Jurídicos y la preparación para el Alto Servicio en la Administración de Justicia (1869, Prusia) y Ley de Ordenación de los Tribunales (1877, Prusia), estas leyes se configuraron en la segunda mitad del siglo XIX.

    Dentro de los estudios universitarios en Alemania existen dos fases, en la primera fase se estudian los principios dogmáticos de los códigos más importantes que rigen como Derecho Positivo dentro del país, aquí abarcan los principios generales del código civil, del código penal, de la constitución, todo de manera dogmática. La segunda fase es la práctica donde se concluye con un examen estatal comprobando el conocimiento adquirido.

    Algo que me pareció muy interesante fue que el aprendizaje no es memorístico, sino que los estudiantes llevan consigo unas compilaciones llamadas “compilaciones schönfelder”, Schönfelder fue un jurista que se hizo famoso precisamente por estas compilaciones, esto muestra una gran prueba que el aprendizaje memorístico no lo es todo, los estudiantes alemanes solo memorizan los conceptos básicos para llevar acabo la resolución del caso.

    En el caso del Derecho Procesal se llevan a cabo dos exámenes, uno que es el examen-sentencia y otro que es el examen desde la perspectiva del abogado. En cambio, en el Derecho Procesal se realizan tres exámenes, el examen desde la perspectiva de la fiscalía, el examen sentencia-penal y el examen-recurso.

    Y finalmente como conclusión Brian nos menciona que el aprendizaje del Derecho en Alemania tiene un alto nivel de enseñanza, pero comprende de una escasa información complementaria.

  3. Nora Cedeño Guerra

    Coincido con Brian, efectivamente las tradiciones y culturas, son diferentes para cada país, y por lo tanto determinan en gran medida los diseños curriculares de cada carrera universitaria, recordar que la sociedad encarga a los centros de altos estudios la formación de profesionales que necesita. Por lo que el vínculo de la teoría y la práctica es necesario, eleva la calidad del proceso formativo, consecuentemente logra una mayor motivación en los educandos. Pero si no se enseña desde la clase o cualquier otra forma organizativa, donde se oriente, prepare a los estudiantes, entonces su evaluación será más compleja. La concepción del examen, como señala el ponente requiere un NO al aprendizaje memorístico, sin embargo la resolución de los casos (problema profesional), también requiere el análisis de las instituciones jurídicas presentes en el caso en cuestión. Felicidades por su intervención.

  4. Génesis Frida Reyes Sánchez.

    Los contratos no son lo mismo en Alemania y en México, lo mismo sucede con el estudio del derecho.
    I. La Biparticipación del estudio: Teoría y Practica (1).
    Precedentes.
    1. Ley sobre exámenes jurídicos y la preparación para el alto servicio en la administración de justicia ( 1869, PRUSIA)
    2. Ley de ordenación de los tribunales ( 1877,Prusia)
    II. La Biparticipación del estudio: Teoría y Práctica (2).
    1° Fase. Estudios universitarios clásicos concluyen con el primer examen estatal.
    2° Fase. Practica que concluye con el segundo examen estatal.
    III. Aprendizaje memorístico. Es un aprendizaje latino. Nos aprendemos de memoria los conceptos, las normas, conceptos básicos, estudios universitarios.
    IV. la enseñanza del derecho Procesal.
    1. Derecho procesal civil:

    a) Ley de enjuiciamiento civil.
    b) Tipos de exámenes:
    1. Sentencia. Consiste en que los estudiantes aprendan redactar la sentencia, así como también trabajan con los jueces.
    2. Perspectiva de los abogados. Consiste en la redacción o contestación de demandas o contratos.

    2. Derecho procesal penal.
    a) Ley de enjuiciamiento criminal.
    b) Tipos de exámenes:
    1. Examen desde la perspectiva de la fiscalía que recibe el nombre de examen escrito de acusación en el que se pretende que el estudiante sea capaz de redactar un escrito real después de un hecho presentado.
    2. Sentencia penal. Es la redacción entera de un recurso.

    Conclusiones. Algo que me sorprendió mucho fue que desafortunadamente en Alemania hay escasa formación complementaria, es decir muy rara vez se encuentran asignaturas que no estén directamente relacionadas con el derecho.
    Debemos buscar un alto nivel de enseñanza, participando y apoyándonos todos para lograr que crezca el conocimiento de cada uno de nosotros.
    Una de las ventajas que tenemos algunos estudiantes es que podemos estudiar y trabajar y así empaparnos de conocimiento y práctica a la vez asi evitar que algunas materias se nos compliquen; al contrario cuando estudiemos esas materias ya sabremos de que está hablando el docente.
    Una opinión personal que he visto es que cada día debemos de prepararnos más dar siempre el mejor esfuerzo, aprender, ser curioso, no ser conformista, etc. Sin olvidar que para tener un buen trabajo es importante tener práctica y eso poco a poco la vamos a ir obteniendo cuando trabajemos desde el principio y poco a poco vamos a ir subiendo de cargo.